- La organización plantea equiparar las reducciones en el IRPF y aplicar el régimen europeo de franquicia de IVA para aliviar la carga fiscal de un colectivo en el que más de 16.000 personas cobran por debajo del SMI
Santander, 27 de febrero de 2026.
La Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE) Cantabria ha presentado una propuesta de reforma fiscal que pone cifras a una realidad que, a su juicio, resulta difícilmente justificable: a igualdad de ingresos, una persona trabajadora autónoma acaba disponiendo de menos renta que una asalariada. La organización sostiene que el diseño actual del sistema tributario genera una brecha que afecta especialmente a quienes se sitúan en los tramos más bajos de ingresos.
El documento, recogido en la propuesta fiscal elaborada por la entidad , incluye una comparativa concreta. Con unos ingresos netos mensuales de 1.323 euros —15.876 euros anuales—, un trabajador por cuenta ajena abona 85,73 euros en cotizaciones y no soporta retención por IRPF en ese tramo, lo que deja una renta disponible de 1.237,27 euros al mes.
En cambio, un autónomo con los mismos ingresos afronta una cuota a la Seguridad Social de 300,72 euros y una retención media de 94,43 euros en concepto de IRPF. El resultado es una renta disponible mensual de 1.022,28 euros, es decir, 214,99 euros menos cada mes. En términos anuales, la diferencia supera los 2.500 euros, pese a que ambos parten del mismo nivel de ingresos.
Desde UATAE subrayan que esta situación tiene especial impacto en Cantabria, donde más de 16.000 autónomos perciben ingresos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. Se trata de un colectivo numeroso dentro del tejido productivo regional, compuesto mayoritariamente por microempresas y profesionales individuales vinculados al comercio, los servicios y actividades profesionales.
Diferente tratamiento en el IRPF
Uno de los ejes de la propuesta es la equiparación de la reducción aplicable en el IRPF. Mientras los rendimientos del trabajo cuentan con una minoración que puede alcanzar los 7.302 euros anuales para rentas inferiores a 19.747,50 euros, los rendimientos de actividades económicas —que son los que declaran los autónomos— tienen una reducción máxima inferior, fijada en 6.498 euros, y además sometida a requisitos más restrictivos.
Según se detalla en el documento, para acceder a esa reducción los autónomos deben cumplir condiciones como que al menos el 75% de su facturación esté sujeta a retención, no obtener rendimientos del trabajo en el mismo periodo o que sus gastos deducibles no superen determinados porcentajes. Para la organización, estos condicionantes no guardan relación directa con la capacidad económica real del contribuyente, sino con la naturaleza jurídica de su actividad.
UATAE plantea eliminar esos requisitos adicionales y equiparar tanto la cuantía como los límites de aplicación a los establecidos para los asalariados, bajo el argumento de que el principio de capacidad económica debería operar con independencia del régimen de afiliación.
La propuesta también aborda la exención en el IRPF de las indemnizaciones percibidas por los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE) cuando finaliza su contrato. En la actualidad, a diferencia de lo que ocurre con los despidos en el régimen general, estas indemnizaciones tributan íntegramente. La organización considera que la finalidad compensatoria es la
misma en ambos casos y que no existe razón objetiva para mantener esa diferencia de trato.
Retenciones y liquidez
Otro de los puntos señalados es el sistema de retenciones y pagos fraccionados. Actualmente, el tipo de retención en las facturas de los autónomos varía principalmente en función de la antigüedad en la actividad, mientras que los pagos fraccionados trimestrales se calculan aplicando un porcentaje fijo sobre el rendimiento neto acumulado.
UATAE sostiene que esta rigidez provoca tensiones de tesorería, especialmente entre quienes obtienen ingresos bajos o irregulares. De hecho, recuerdan que una parte significativa del colectivo declara rendimientos inferiores al SMI, pero debe adelantar trimestralmente entre un 15% y un 20% de sus ingresos o beneficios. En muchos casos, esas cantidades son posteriormente devueltas en la declaración anual, lo que implica que la Agencia Tributaria dispone de esos recursos durante meses.
Por ello, la organización propone implantar un sistema de retenciones y pagos fraccionados variables en función de los ingresos reales, similar al que se aplica en las nóminas de los trabajadores por cuenta ajena. El objetivo sería ajustar mejor la tributación a la situación económica efectiva y evitar adelantos desproporcionados.
Régimen de franquicia de IVA
En el ámbito del IVA, la propuesta insiste en la necesidad de incorporar plenamente el régimen de franquicia previsto en la Directiva (UE) 2020/285. Esta norma europea permite a los Estados miembros establecer un sistema simplificado para pequeñas empresas que no superen determinados umbrales de facturación.
El documento recoge que el límite máximo fijado por la directiva es de 85.000 euros anuales, aunque los Estados pueden establecer cuantías inferiores o diferenciadas por sectores. UATAE considera que en España debería analizarse el volumen de negocio medio de cada actividad para fijar límites ajustados a la realidad económica.
La aplicación de este régimen permitiría a quienes se acogieran no repercutir IVA en sus facturas ni presentar declaraciones trimestrales, reduciendo cargas administrativas y mejorando la liquidez. No obstante, también implicaría que no podrían deducir el IVA soportado en sus gastos, por lo que la organización defiende que el sistema tenga carácter voluntario.
Asimismo, plantean que la implantación del régimen de franquicia debería ir acompañada de una revisión de otros sistemas como el régimen simplificado de IVA o la estimación objetiva en IRPF, con el fin de evitar distorsiones y adaptar el marco fiscal a un entorno en el que la facturación real puede conocerse con mayor precisión.
Morosidad y planificación financiera
La propuesta dedica un apartado específico a la morosidad, un problema recurrente para el colectivo. Según diversos estudios, el periodo medio de pago puede situarse en torno a los 95 días, muy por encima del plazo legal de 30 días fijado por la normativa contra la morosidad. Esta situación tiene especial incidencia cuando se aplica el criterio de devengo en el IVA, que obliga a ingresar el impuesto en el momento de emitir la factura, aunque no haya sido cobrada.
UATAE advierte de que esta práctica puede comprometer la viabilidad de pequeños negocios, que se ven obligados a adelantar impuestos por ingresos que aún no han percibido. Por ello, plantean medidas que refuercen los mecanismos de control y sanción frente a incumplimientos reiterados, así como fórmulas que eviten que el autónomo asuma el coste financiero de retrasos ajenos.
La organización propone además flexibilizar los aplazamientos y fraccionamientos de impuestos trimestrales, permitiendo distribuir el pago sin intereses ni recargos, con el fin de facilitar la planificación financiera y reducir el riesgo de sanciones derivadas de retrasos.
Con este conjunto de medidas, UATAE Cantabria defiende avanzar hacia un sistema fiscal que reduzca diferencias entre regímenes, simplifique obligaciones y tenga en cuenta la estructura real del trabajo autónomo en la comunidad.

